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#1
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No hay que presentar la autofactura.
Ten en cuenta que eso fue un hack para poder tener el registro de IVA repercutido correspondiente al soportado de una compra intracomunitaria.("Inversión de sujeto pasivo") Esa factura *no es* una factura. Hacienda dijo en su momento que ya no hacía falta hacer la autofactura. Con hacer el registro de IVA repercutido era suficiente.
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#2
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buenos dias !
gracias x la respuesta No es la "contra-factura" para cuadrar el iva de la UE. Un proveedor entra por la puerta de tu comercio, por ejemplo un comisionista (creo, por ejemplo) y te ha vendido algo. Y tu le haces "SU factura", la que te va entregar a ti. Saludos ! |
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#3
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¿Y sobre este tipo de factura?
alguien puede darme una mano gracias ! |
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#4
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En el XML tienes que indicar: TIPO EMISIÓN: D - Emitida por el propio destinatario
El proveedor tiene que hacer un apoderamiento en la AEAT a favor del destinatario, para que este pueda hacer los envios con su propio certificado. Lo más lioso es lo del apoderamiento y con esto del aplazamiento yo lo dejaría en stand-by |
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#5
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gracias por la respuesta !
Si necesita el tramite de apoderamiento no lo implementare. |
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