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#1
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Yo he preguntado al correo de Verifactu lo mismo y esto es lo que me han contestado:
Buenos días: Por un lado, le informamos que el envío de los registros de facturación "RF" (que no de las facturas mismas) debe producirse en los términos del artículo 16.1 del RRSIF (reglamento de los requisitos de los sistemas informáticos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre) de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente. Para otorgar el carácter de instantánea a la remisión (lo cual puede entenderse como inmediatamente después de la expedición de las facturas, sin que exista una demora, o, si esta existe, que sea mínima), se ha establecido un mecanismo en el que si se superan los 240 segundos (actualmente es el umbral establecido) entre la fecha y hora de generación del registro (campo "FechaHoraHusoGenRegistro" del registro de facturación) y su recepción en los sistemas de la AEAT (campo "TimeStampPresentacion" de la respuesta obtenida) el registro se aceptará pero en estado "Aceptado con errores" e indicando el error 2004: El valor del campo FechaHoraHusoGenRegistro debe ser la fecha actual del sistema de la AEAT, admitiéndose un margen de error de: 240 segundos. Este error se excepciona de la necesidad de ser subsanado por lo que no será necesaria ninguna operación posterior. Por otro lado, se ha establecido un mecanismo de control de flujo que determina que deben transcurrir 60 segundos tras la última presentación o bien acumular 1000 registros a enviar, la circunstancia que ocurra primero, para poder remitir el siguiente envío. Por lo tanto, en casos de grandes volúmenes, si generar 1000 registros antes de los 60 segundos, podrá realizar la siguiente remisión. Si no es el caso y deben generar un gran lote de facturas, a medida que vayan generando los registros de facturación, cuando transcurran 60 segundos deben realizar el envío de los registros que hayan generado hasta ese momento y así sucesivamente cada 60 segundos. Únicamente en caso de incidencias que impidan la inmediata remisión, por causas ajenas al SIF, como pérdida de internet, certificado electrónico caducado o problemas en el hardware que lo soporta, deben agrupar todos los registros generados durante dicho intervalo y marcar el campo denominado "Incidencia" a "S" de la cabecera de la remisión. Pueden consultar más detalles en el artículo 16 de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre. Yo voy a tomar la siguiente decisión: Cada vez que tenga que realizar un envío, voy a mirar todos los Registros de Facturación pendientes de enviár (en mi caso no puede darse que superen los 1000), me voy a posicionar en el último Registro de Facturación. Si éste supera los 240 segundos, entonces marcaré el envío con "Incidencia=S". en caso contrario no. De forma que, si algún Registro de facturación supera los 240 segundos, volverá como "Aceptado con errores", pero como no debe subsanarse, no tengo que hacer nada. Última edición por novatico fecha: 13-05-2025 a las 15:32:16. |
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#2
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Gracias
Me acabo de enterar que han subido el tiempo a 240segunfos Esto no termina |
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#3
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Cita:
Supongo que funcionará... pero no estarás cumpliendo lo que dice la ley (mandas registros "antiguos" sin la marca "Incidencia=S") ¿te supone mucho cambio hacerlo de otra manera? ordenas de más reciente a más antigo, y si el último de la lista (el más antiguo) supera los 240 segundos haces un envío con todos los que se pasen de esos 240 segundos. Y los más recientes quedan para el próximo envío que será en 60 segundos |
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#4
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Ojo, parece que pueden estar cambiando el.flujo de envios desde que han puesto los 240 segundos de margen.
Antes tenías que enviar todo lo pendiente(pasados los 60 segundos) como incidencia Ahora parece que al tener más margen, te dicen que no, que envíes solo los que están como incidencia revisar control De flujos, lo han complicado. |
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#5
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Cita:
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#6
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Si quieren cambiar eso tienen que cambiar una cosa.
Imaginaos que pasa Se va la Red Vuelve y me encuentro con 2 registros Uno que ha pasado 1 hora Otro que han pasado 200segundos Si solo envias el primero como incidencia y te devuelven que esperes 60 segundos al enviar el siguiente también tienes que enviarlo como incidencia. O una de 3: Opcion 1: cuando mandas una incidencia te envían t=0 envías inmediatamente el que no está como incidencia Opcion 2: todos los que hayan pasado de 180 segundos enviarlos como incidencia. Opcion 3:Que te digan como antes, que mandes todo como incidencia. Anteriormente, tengo consultas que si intentabas enviar un registro y no te daba conexión, ya podías marcarlo como incidencia y marcarlo como tal. Si no he entendido mal, ahora si están dentro de los 240segundos hay que enviarlos aparte. Como sean la opción 1 ó 2 a cambiar control de flujos toca. Interminable Enviada consulta, a ver que responden Última edición por ermendalenda fecha: 13-05-2025 a las 17:44:44. |
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#7
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Podrías coger esos correos de respuesta de consultas donde indicaban eso y repreguntar para comprobar si te dicen que han cambiado el criterio...
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#8
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Cita:
o la opción 4... envías el que ha pasado 1 hora como incidencia, te devuleven 60 segundos, los esperas, y mandas el que ha pasado 200 + 60 como incidencia (que creo que es el correcto) |
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#9
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Cita:
Como ese registro ya estuvo en tiempo de envio(el de 200segundos), ya intenté enviarlo hace 1 minuto(por ejemplo) y al no poder mandarlo lo pude marcar como incidencia, o no? Yo lo veo hasta opcional. Última edición por ermendalenda fecha: 14-05-2025 a las 07:21:49. |
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#10
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La Incidencia, vuelvo a repetir, es porque no lo has podido enviar en el tiempo que se genero por causas externa, como que no tienes Internet, en nignun sitio
pone que sea por que se haya pasado los 240 segundos, sino al contrario, que debemos marcarlo por que ha habido una incidencia a la hora de enviar. Yo he echo la consulta y estoy esperando la respuesta. Pero no tiene ninguna logica ese planteamiento, ya que lo que quiere la AEAT es tener los registros en el momento, y hacer dos envios de lo mismo generado en el mismo paquete que se va a enviar lo veo absurdo, ya que como digo la Incidencia es de todos, no solo de los 240 segundos. Veremos lo que me contestan. Tambien hay que tener cuidado con quien te contesta, ya que hemos visto en otras preguntas que se les ha echo que pueden tener un caracter subjetivo. No son inspectores los que contestan. |
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