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Antiguo 28-10-2024
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bmfranky bmfranky is offline
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Yo es que no entiendo porque nos liamos con la emisión de facturas rectificativas, parece que como no la entendemos entonces tendemos a torcer el reglamento. Aceptamos cosas como que hay que desglosar las bases tipos y cuotas en la factura completa y nadie lo discute. Yo sigo un 'abc' claro en este aspecto.

1.- Se produce una devolución de mercancía a posteriori de una operación de venta ->. Se emite Rectificativa x diferencia con la cantidad devuelta con la marca R1, o si hay una operación posterior con el mismo cliente y la operación tiene el mismo tipo de Iva que lo que me devuelven, aprovecho esa factura para hacer la devolución sin rectificativa.

2.- Se produce un descuento en factura a posteriori de una operación de venta (por ejemplo un Rapell o un Pronto pago) ->. Se emite Rectificativa x diferencia con el descuento aplicado con la marca R1

3.- Te equivocaste en la identificación de destinatario ->. Se emite una factura de abono anulando la factura original y luego emites una Rectificativa x sustitución con la clave R4

4.- Te equivocaste en los tipos impositivos ->. Se emite una factura de abono anulando la factura original y luego emites una Rectificativa x sustitución con la clave R4 ó como segunda opción, anulas la factura original y emites rectificativa x sustitución con clave R4 para que no te rechacen por segunda vez el tipo impositivo incorrecto.

5.- Te equivocaste en la fecha de expedición de la factura ->. Se emite una factura de abono anulando la factura original y luego emites una Rectificativa x sustitución con la clave R4 y la fecha correcta.

6.- No sabes en qué coño te has equivocado ->. Se emite una factura de abono anulando la factura original y luego emites una Rectificativa x sustitución con la clave R4.

Creo que, salvo recuperación de cuotas por impago, no hay más casos de emisión de rectificativas.

Este tema está muy acotado. Si me he dejado algún caso, por favor, que alguien lo apostille.

Y en cuanto las sustitutivas de una simplificada por una completa, es que no hay ni que pensar, se copia el contenido exacto de la simplificada sobre una completa con el cliente identificado y se emite una simplificada idéntica a la original en negativo para anularla. Siempre utilizando como fecha operación de ambas facturas la de la factura simplificada que queremos sustituir para evitar rechazos debido a Ivas que en el momento de la sustitución ya no están vigentes.

Espero que esto quite un poco de hierro al asunto y pido disculpas por ser tan pesado con las rectificativas

Hola, una cosa , al final estoy hecho un obillo...


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3.- Te equivocaste en la identificación de destinatario ->. Se emite una factura de abono anulando la factura original y luego emites una Rectificativa x sustitución con la clave R4
El proceder lo entiendo, pero el destinatario final, cuando le entregue la factura , me va a llamar lla atencion, porque en vez de ser una factura normal como las de siempre, le estoy dando una de la serie R, no?
  #2  
Antiguo 28-10-2024
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Hola, una cosa , al final estoy hecho un obillo...



El proceder lo entiendo, pero el destinatario final, cuando le entregue la factura , me va a llamar lla atencion, porque en vez de ser una factura normal como las de siempre, le estoy dando una de la serie R, no?
El cliente no te puede llamar la atención porque tú le des una factura rectificativa para corregir un dato de la factura original , según el Reglamento de facturación estás obligado a hacerlo en el mismo momento en que eres consciente de ello y antes de 4 años la haya tenido él en su poder o no.

Hay varios escenarios en que te puedes encontrar lo que pasa es que resumí el punto 3 con el caso más frecuente, emites factura a cliente correcto pero, te das cuenta de que el nif le falta un número, la dirección es incorrecta, etc.., en este caso,

Se emite una factura de abono anulando la factura original y luego emites una Rectificativa x sustitución con la clave R4.

Pero también te puede ocurrir :

1.- Emitiste la factura por error ( a cualquier cliente, válido o no) -> Operación no llevada a cabo -> Emites factura de abono en negativo o emites registro de anulación.
2.- Emitiste la factura a otro cliente que no era el destinatario -> Rectificativa x Diferencia en negativo R4 sobre el cliente erróneo y Factura completa F1 sobre el cliente correcto
  #3  
Antiguo 28-10-2024
ermendalenda ermendalenda is offline
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El cliente no te puede llamar la atención porque tú le des una factura rectificativa para corregir un dato de la factura original , según el Reglamento de facturación estás obligado a hacerlo en el mismo momento en que eres consciente de ello y antes de 4 años la haya tenido él en su poder o no.

Hay varios escenarios en que te puedes encontrar lo que pasa es que resumí el punto 3 con el caso más frecuente, emites factura a cliente correcto pero, te das cuenta de que el nif le falta un número, la dirección es incorrecta, etc.., en este caso,

Se emite una factura de abono anulando la factura original y luego emites una Rectificativa x sustitución con la clave R4.

Pero también te puede ocurrir :

1.- Emitiste la factura por error ( a cualquier cliente, válido o no) -> Operación no llevada a cabo -> Emites factura de abono en negativo o emites registro de anulación.
2.- Emitiste la factura a otro cliente que no era el destinatario -> Rectificativa x Diferencia en negativo R4 sobre el cliente erróneo y Factura completa F1 sobre el cliente correcto
Estoy esperando nuevamente la respuesta de verifactu después de replantear con todos los datos y referencias a consultas vinculantes, lo mismo es mejor esperar, tardan poco en contestar.
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