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#1
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Que hacer con los bufs/vies que no cumplen
Perdón por el título, puto corrector
*bufs=nifs Me están llegando a los comercios clientes que quieren factura de distintos países y los datos que me aportan no cumplen con los nifs españoles ni con el vies(2 letras del país extranjero) por muchas vueltas que le doy nada, si le añado las 2 letras se salen de los 9 caracteres y además no están en el vies. De verdad que esto es un lío, ahora que le digo al cliente, que no puedo darle factura por que no cumple normativa? Ya lo he comentado con uno y me dijo que esta harto de pedir facturas con ese identificador. Vaya tela, digo yo, tenemos que pelearnos con los clientes?, sin además tenelo ni claro. Si el cliente nos dice que está bien, quien somos nosotros., o al menos eso es lo que piensa el cliente. Última edición por ermendalenda fecha: 14-02-2022 a las 18:31:25. |
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#2
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Cita:
¿Qué tal si en el nodo IDType utilizas el valor 06 (Otro documento probatorio) de la tabla L2 (Tipos de identificación en el país de residencia)? Así ya podrías poner como documento en ID (Número de identificación en el país de residencia) cualquier valor hasta 20 caracteres (da igual que sea el pasaporte, número de seguridad social, carnet de conducir, dni, nif o lo que sea de su país). Por supuesto, esta solución sólo es válida en el caso de que el emisor y el destinatario no tengan que hacer declaración de operaciones intracomunitarias por estas operaciones en su país. Ya me contarás si te vale. Saludos Última edición por Sistel fecha: 14-02-2022 a las 18:44:37. |
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#3
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Hola, quería preguntaros si existe algún documento en BATUZ que hable de como actuar cuando se ha producido un envío de ficheros XML y algunos han sido rechazados.
Por ejemplo, de 10 ficheros XML enviados todos menos uno han sido aceptados. El envío es PARCIALMENTECORRECTO. Por ejemplo, el error es que el NIF no es correcto (B4_2000001). ¿Qué tendría que realizar? ¿Anular esa factura y crear una nueva? ¿Existe algún documento en el que indique como se deber actuar ante los errores de envío? NOTA: A partir de ahora validaré los NIF antes de generar la factura. Saludo y muchas gracias, Joselu |
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#4
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Cita:
https://generadordni.es/#home En caso de ser ya dni´s en un entorno real. Utiliza algún validador en el lenguaje de programación que estés utilizando y adaptalo a los posibles errores. |
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#5
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Cita:
Creo que es muy importante conocer la forma de actuar en caso de un posible error de envío. Muchas gracias, Joselu |
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#6
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Cita:
En el caso de Bizkaia (BATUZ), los ficheros XML TicketBAI firmados, de facturas y anulaciones, se envían en el subcapítulo 1.1 (Ingresos con factura con software garante TicketBAI) del modelo 140 (personas físicas) o modelo 240 (personas jurídicas) En el caso de no ser admitido algún fichero TicketBAI de factura por contener errores, se debe presentar en en el capítulo 1.2 (Ingresos con factura sin software garante TicketBAI de los mismos modelos (140 y 240). Saludos |
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#7
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Entorno de pruebas Alaba
Buenos días, el entorno de pruebas de Alaba sigue caído ? ... devuelve 006, soy yo que tengo algún otro problema ??? Hay algún hilo que no he leído ?
Url Alta en pruebas : https://pruebas-ticketbai.araba.eus/...I/v1/facturas/ Gracias. |
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#8
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Cita:
Correcto. Gracias por tu respuesta. He visto que en el documento de preguntas frecuentes. La pregunta 160 habla de ello. La adjunto --------------------------------------------------------------------- CATEGORÍA: TicketBAI - Cuestiones comunes Nº PREGUNTA: 160 PREGUNTA: ¿Qué hay que hacer si la anotación del fichero TicketBAI ha sido rechazada al enviarse a Hacienda? RESPUESTA: Si la anotación del fichero TicketBAI (subcapítulo 1.1. del LROE) ha sido rechazada al enviarse a Hacienda por incumplimiento de esquema o de validaciones, debe operarse del siguiente modo: En todo caso, la información de la operación debe remitirse por el capítulo 1.2, superando las correspondientes validaciones. Si hay información que no puede llegar por incumplimiento de las validaciones, debe llegar la información más relevante. • Si hay que modificar alguno de los contenidos de la factura a que se refiere el artículo 15 del Reglamento de facturación: Se deberá generar además una factura rectificativa, generando el fichero TicketBAI correspondiente y remitiendo la información por el subcapítulo 1.1. • Cuando se trate de una operación incorrecta: deberá realizarse además una anulación de la operación original mediante el subcapítulo 1.2. Y, si procede, deberá generarse una nueva factura, generando un fichero TicketBAI y remitiendo la información por el subcapítulo 1.1 --------------------------------------------------------------------- |
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#9
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Cita:
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