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#1
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Buenos días a todos, soy muy nuevo en el foro y quiero aprovechar para saludaros a todos y felicitaros (y agradeceros) la gran dedicación y aportes que realizáis y que sirven de enorme ayuda. Sé perfectamente lo justos que solemos ir de tiempo y el hecho de que dediquéis parte del vuestro en este foro que tanta luz arroja sobre los temas que nos afectan. Yo programo en VB Net, y en la medida de lo posible intentaré aportar mi granito de arena en lo que pueda.
Aprovecho este hilo para lanzar una reflexión que llevo rondando después de leerme las 174 páginas del hilo general VeriFactu... He podido comprobar que en ese hilo se ha tratado hasta la extenuación (y es de agradecer porque me ha aclarado muchas dudas) los aspectos de la causística de cada tipo de factura, de cuándo se tiene que utilizar una u otra, de cuándo se debe hacer una anulación, cuando una rectificativa por diferencia o por sustitución... Y efectivamente es para preocuparse desde el punto de vista de que imagino que lo hacemos desde la base de saber con lo variopintos de nuestros clientes y temiendo que "metan la pata"... A mi también me entraron sudores a medida que leía el hilo, la verdad, pero he llegado a la conclusión de que quizás, e igual me equivoco, pretendemos asumir unas competencias y responsabilidades que no nos corresponden, y que tendrían que corresponder al asesor fiscal de cada uno de nuestros clientes, y a los que sin darnos cuenta casi estamos eximiendo de sus responsabilidades, por las que cobran y nosotros no... A donde quiero llegar es que yo no me puedo plantear "enseñar a facturar o a interpretar el reglamento" a mis clientes, para eso y para cada caso que se les presente tendrán el consejo de su asesor... Mi cometido (y responsabilidad) debe ser que en el programa pueda hacer cada cosa que dice el reglamento, pero no me puedo responsabilizar de que en lugar de una anulación haga una rectificativa, y así se lo voy a trasladar a mis clientes... Me centraré en que puedan hacer las cosas y que se comunique con la AEAT de forma correcta y que si no se comunica sepan qué hacer en el programa para esas salvedades, y lo pondré lo más cómodo posible y ágil que pueda, pero sin intentar guiarlos a caminos concretos que no me corresponden, porque además entiendo que si así lo hiciese si que estoy asumiendo la responsabilidad de los errores del reglamento en los que puedan incurrir. En fin, para ser mi primer mensaje os he metido un buen ladrillo, pero bueno, era una reflexión que quería hacer. Encantado de compartir espacio virtual y a vuestra disposición para lo que esté en mi mano. ![]() |
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#2
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#3
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Hola a todos,
Cita:
![]() Sobre lo que has comentado, me parece que llevas no poca razón, si bien he citado lo anterior, porque, se me ocurre, que, tal vez un programa puede tal vez ir más allá de hacer "lo necesario", siempre como una característica del programa y con el coste oportuno, por supuesto. Yo soy autónomo y utilizo desde el principio la aplicación que ofrece Cuentica, que, me permito enlazar, porque, lo digo muy sinceramente, me parece una aplicación extraordinaria, con un coste asumible, y que, me ofrece todo lo necesario para desarrollar mi actividad sin demasiadas dificultadas. Después de la publicidad (que no lo es, o sea, yo sólo soy un cliente contento con Cuentica), el caso es que una aplicación así viene a este hilo, como veremos ahora. Esta aplicación ofrece varias modalidades de uso. Una de ellas es "la simple facturación" y un buen número de otras cosas, como, la creación de archivos que nos sirven / ayudan para presentar los modelos necesarios con los datos requeridos ante Hacienda. Pues bien, el caso es que, como digo, esta aplicación ofrece también un servicio de asesoría legal, es decir, detrás del software hay también asesores, que, pueden resolver nuestras dudas, aconsejarnos, etc., etc. Por supuesto, huelga decir que esto implica un coste: uno paga por Cuentica o por Cuentica +asesoramiento, etc., etc. Uno paga según lo que necesite en un momento dado. Lo dicho hasta ahora implica que nosotros siempre podemos hacer algo parecido, siempre que nos sea posible, y, como servicio de valor añadido para nuestros clientes: lo dicho, habrá entonces la posibilidad de clientes que sólo quieran una determinada parte del programa o que quieran además asesoramiento legal, etc., por supuesto, siempre que nosotros podamos y queramos ofrecer dichos servicios añadidos. Pero... ahora es cuando llego a lo que realmente quería decir. Siendo cierto que nuestro software puede limitarse a "dejar hacer cosas", siempre se pueden hacer cosas tal que comprobaciones que se puedan realizar con los datos que se tienen. Qué sé yo, por poner el ejemplo más básico que se me ocurre, nuestro software puede ofrecer la "gestión de clientes", con el fin de que nuestro cliente, cuando quiera hacer una factura, no tenga que indicar los datos de un cliente una y otra vez. Lo anterior suena muy simple y sencillo y nuestro software probablemente ya implemente algo así, pero, lo que quiero decir es que eso es sólo un ejemplo de "añadido". La idea es que un software puede ser "mejor que otro" si dicho software es capaz de decirle al cliente, por ejemplo, cuando detecte que se está haciendo una factura para un cliente en Canarias, que, dicha factura no lleva "IVA", sino que lleva o puede llevar otro tipo de impuesto, etc. Y el etcétera es tan largo como se nos pueda ocurrir. Yo lo que espero es que se entienda lo que trato de transmitir. Que, si bien es cierto que nuestro software "hace facturas", lo cierto es que, dado que tiene acceso a multitud de datos y "sabe" no pocas cosas, puede ofrecer mucho más valor utilizando ese conocimiento y esos datos, puede ir mucho más allá de hacer facturas, incluso sin entrar en lo que se trataría ya de un asesoramiento legal puro y duro. O sea, estoy hablando de que el software sea tan "inteligente" como sea posible, sin asumir ninguna responsabilidad legal por nuestra parte. El software acaso permita hacer cosas mal, si el cliente se empeña en ello... pero, hasta donde sea posible, yo consideraría un software más inteligente si al menos es capaz de decirle al cliente: "Oiga, esto que está usted haciendo no es del todo correcto, ¿está usted seguro de continuar? Sino está seguro, por favor, consulte a su / nuestro asesor..."... |
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#4
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Todavía dudas
Se ha tratado hasta la saciedad el tema verifactu, eso es cierto. Pero personalmente y a estas alturas todavía me quedan algunas dudas (todas relacionadas con solo verifactu) :
- Qué hacer cuando se rompa la cadena de verifactu ? Puede darse el caso de un error de programación, de comunicación remota, de caida del sistema, etc. Se deberia generar un evento indicándolo pero no pueden dejar de vender y cerrar la puerta hasta que un informático les atienda. Aunque se les avise a todos. - Varias empresas están acogidas al SIF verifactu y son de los mismos propietarios, todas centralizadas en un equipo común. Deben tener distinto código de instalación ? - En verifactu, pueden pedir la remisión de registros por un requerimiento ? Pueden pedir la remisión de eventos ? Debe haber un sistema de exportación de registros del sif de forma local ante una inspección ? - Hay que dar de baja las facturas inventadas remitidas en prueba ? Cómo consigo yo los códigos y series de tales facturas para darlas de baja ? (por lo visto lo que hay es que guardar el registro) - Las prefacturas y las facturas deben tener el mismo número ? Si es así se cargan la factura recapitulativa. Justamente he creado la prefactura para que mientras no se validan se pueda usar cualquier número y luego se creen números consecutivos a la hora de validarlas. Preguntas y respuestas, pag. 13 Un saludo a tod@s. |
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#5
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Te respondo algunas.
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Las otras no lo tengo muy claro sorry.
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La religión es personal e intransferible. |
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#6
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Entiendo que no, o al menos yo no lo hago. La prefactura puede no validarse y por tanto ya tendrás distintos registros en prefacturas y facturas |
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#7
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Algunas cuestiones
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Yo leí hace nada que toda factura debe ir vinculada a la prefactura que la creó y que no debe desaparecer la prefactura. Hasta verifactu yo no usaba documentos temporales para crear la factura. Se iban contabilizando a medida que se terminaban de confeccionar. El orden lo tenía en el registro de facturas. Ahora es distinto, la aeat necesita que las facturas sean correlativas para enviárselas tanto por número como por ffecha. En las facturas de contado no hay ningún problema. Pero las o la serie de recapitulativas es distinto. Para poder enviárselas ordenadas he creado la prefactura. Un documento temporal, Así como se van terminando se van contabilizando y toma el siguiente número que le corresponde en la facturación independientemente del número que tenga la prefactura. Si la prefactura y la factura deben tener el mismo número ya no sirve de anda la prefactura. Es mas, con esto se cargarían la facturación recapitulativa. Ya le lanzado algunas consultas a diversos lugares a ver que me contestan. Gracias por las respuestas. |
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#8
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Cita:
Saludos |
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#9
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Cuando se comenta que hay que borrar las facturas en pruebas nuestras o las realizadas durante el proceso de formación a nuestros clientes, entiendo que no se tienen que anular "inmediatamente" después de subir cada una a la AEAT sino que se tendrán que anular todas juntas al terminar las "pruebas"... Es correcto? Gracias |
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#10
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Qué facturas
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Yo no sé ya que pruebas hicimos dentro de los miles de pruebas, todas inventadas por supuesto. No sé si la AEAT tiene una consulta para poder darlas de baja. Debería tener un espacio para dar de baja todas las pruebas para los desarrolladores. No es lícito decir esto después de haber enviado datos erróneos, inventados y en muchos casos duplicados y con el hash en muchos casos sin encadenar. Para eso son las pruebas no ? Un saludo. |
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