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newtron Va camino a la fama
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Entonces tu no usas la logica de las facturas rectificativas por diferencias o por sustitucion segun la normativa Verifactu ???

Por lo que comentas lo haces todo con un solo paso

?????

Es que precisamente la opción que te planteo es una factura rectificativa por diferencias y yo doy todas las posibilidades pero aconsejo una u otra dependiendo de la situación. Te explico las distintas opciones a mi forma de ver:


- Si hay una factura de la que posteriormente hay una devolución del total o parte de la factura lo que procede es una factura rectificativa (que es lo que estamos tratando). Una nueva factura en la que se meten los artículos devueltos sean una parte o el total. De esta manera la factura se queda rectificada, las existencias vuelven a su sitio y el saldo del cliente se queda correcto.
- Si se hace una factura que no se debería haber hecho, bien por cliente erróneo o por algún motivo que proceda lo suyo es anularla.
- Si se hace una factura de la que luego surgen cambios y no se quiere llevar al cliente la factura original+factura rectificativa lo que procede es una factura sustitutiva (sustituye a la original que desaparece).
- Si se hace una factura y días después se quiere rectificar o queremos rectificarla por cif erróneo u otro motivo lo suyo es hacer una rectificativa en dos pasos de manera que haremos una copia de la factura original en negativo que salda la original y otra nueva rectificativa con los artículos totales correctos.


Si estoy confundido que alguien me corrija pero esta es la conclusión a la que he llegado después de bastantes hilos comentando el tema.
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