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Antiguo 03-10-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
Respecto al registro resumen, esto es lo que ducen en las faqs de verifactu:
Cita:
Las facturas simplificadas están sometidas al RRSIF y, en el caso de sistemas VERI*FACTU deben comunicarse a la AEAT. Lo anterior es independiente de que al final del día se genere una factura o extracto recapitulativo como resumen, con el propósito de asentar en un solo apunte contable las ventas del día o de gestionar el negocio.

En el caso de que se trate de operaciones que correspondan a regímenes especiales de IVA, simplificado, de recargo de equivalencia o de agricultura, nos remitimos a las preguntas específicamente dedicadas a estos.
O sea, viene a decir que lo puedes hacer aparte en tu software(sin que afecta a numeraciones dd las series que usas para facturacion claro) y no haria falta un registro verifactu, vamos, equivalente a un listado
Por otro lado, puede que sirva lo que xomenta newtron, con una F3, por que ademas la F3 admite sin identificacion de destinatario. Pero yo tengo clato que es algo que no voy a hacer, no se que puedd pasar(en los controles internos que tengan), el caso de que algun cliente te solicita una f3 de una que ya has emitido una f3(aunque sea para resumen), no me gusta mucho la idea, pero seguramente no sra un problema.
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