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sglorka sglorka is offline
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sglorka Va por buen camino
El reglamento de facturación dice en su punto 4, lo siguiente

Artículo 4. Facturas simplificadas.

1. La obligación de expedir factura podrá ser cumplida mediante la expedición de factura simplificada y copia de esta en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Cuando su importe no exceda de 400 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido, o

b) cuando deba expedirse una factura rectificativa.


Se puede entender que si quieres rectificar una factura simplificada podrías emitirla en negativo como un abono, indicando su clave R5 y la factura que rectifica, pero ( se podría entender ) que puede seguir la misma numeración y serie de las facturas simplificadas.
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