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Empezado por FerSan
Hola, tengo una duda que a lo mejor ya está comentada en algún hilo, pero no lo he encontrado. Las facturas anuladas tienen que tener numeración distinta de las facturas "normales", la duda que tengo es si las las rectificativas también hay que numerarlas a parte y si es así, ¿irían dentro de la misma serie de numeración que las anuladas?
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Ahora mismo en nuestro programa no se contempla la opción de anular facturas (de momento), pero desde mi humilde opinión, pienso que las facturas anuladas no tienen que tener una numeración distinta, porque cuando las creas con la numeración que les corresponde, no sabes que la vas a anular. Y yo creo que no puedes cambiarle el numero a una factura para anularla.
Sobre las rectificativas me suena que si que tienen que tener una serie distinta, excepto para simplificadas que no hace falta. Pero tampoco lo se seguro.
A ver si alguien puede confirmar o desmentir mis afirmaciones.