Ver Mensaje Individual
  #1734  
Antiguo Hace 2 Semanas
CarlosR CarlosR is offline
Miembro
 
Registrado: sep 2015
Posts: 67
Reputación: 9
CarlosR Va por buen camino
Exportación csv

Cita:
Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
No sé si esa información se puede publicar..pero te dejo enlaces de ejemplos de como confeccionar las excell de los libros de iva para satisfacer a los requerimientos:
https://sede.agenciatributaria.gob.e...odelo_100.xlsx
https://sede.agenciatributaria.gob.e...odelo_100.xlsx
https://sede.agenciatributaria.gob.e...odelo_100.xlsx
No hace falta que sea estrictamente como los Ejemplos, nosotros hemos eliminado las columnas innecesarias y hemos añadido algunas como la serie y número de las facturas a las que rectifica una factura rectififcativa e igualmente para las sustitutivas. También hemos añadido un txt de leyendas, en el que detallamos las series utilizadas a que corresponden.
Por otro lado hemos enviado los tiquets y facturas en pdf comprimidos en zip, de 10 días en 10 días, en total nlo ha llegado a 15 ficheros enviados, y el resultado del requerimiento ha sido OK. Estos requerimientos pueden ser simplemente por haber solicitado un aplazamiento de pagos de iva o cualquier cosa que se salga del procedimiento normal.
Saludos.

Creo que se ha confundido. Ya me extrañaba por los siguientes motivos :
1- Los requerimientos son telemáticos (o lo serán)
2- No se ha terminado de crear un formato definitivo. Por lo que no se puede pedir un csv sin formato oficial.
3- No se habla de que un requerimiento tenga que ser exportado en csv. Lo que si se habla en la Ley es de que se puedan exportar a ficheros LEGIBLES por la Aeat los siguientes datos (registro de eventos, altas y anulación de facturas ya enviados). Pero esto no es un requerimiento sino otra cosa. Imagino que ante un fraude se personarán en las instalaciones y querrán llevarse los registros. Ni siquiera tienen que estar los datos en la propia base de datos. Dicen que tienen que tenerlos a disposición de la Aeat, y custodiados durante el tiempo que la Ley lo requiera. Y me imagino que solo hace referencia a los NO verifactu. Ya se verá.



A lo que se está usted refiriendo es a una norma que hace ya tiempo que está en vigor mediante la cual se deberá exportar a csv el registro de iva repercutido y soportado. Esto generalmente se saca del programa de contabilidad financiera. En mi caso lo tengo por mes, trimestre y ejercicio. Pero ya no es nuevo.


Un saludo.
Responder Con Cita