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edari 25-02-2026 11:46:02

Cobrar Albaranes
 
Buenos días,


Nos ha entrado la duda en la empresa de si con la ley en la mano (antifraude, facturación...) se pueden seguir cobrando albaranes o tiene que ser con un documento de factura?


Gracias

Casimiro Noteví 25-02-2026 12:07:29

Supongo que se puede hacer una "entrega a cuenta o anticipo" y emitir un recibo, eso se contabiliza en "Anticipos recibidos" según el PGC.
No se reconoce como un ingreso hasta que se emita la factura.
Ejemplo:
  • Albarán: 1.000 € + 21% IVA > Total = 1.210 €
  • Cliente paga un anticipo de 500 € antes de la factura.
Pasos:
  1. Registrar anticipo:
    • 431 “Anticipos de clientes” 500 €
    • Bancos 500 €
  2. Emitir factura:
    • Total factura: 1.000 € (base) + 210 € IVA = 1.210 €
    • Restar anticipo: 500 €
    • Cliente debe pagar: 710 €

Carlos 25-02-2026 19:07:34

Cita:

Empezado por edari (Mensaje 571978)
Buenos días,
Nos ha entrado la duda en la empresa de si con la ley en la mano (antifraude, facturación...) se pueden seguir cobrando albaranes o tiene que ser con un documento de factura?
Gracias

Así, con este título ("Cobrar albaranes") del post...Directo a prisión.
Cobras facturas y recibes (->sería un recibo) anticipos, ... albaranes como que no.

Y en el recibo debería decir "Recibí tiquititiquito en concepto de loquesea."

FacilIng 26-02-2026 08:09:35

Cita:

Empezado por Carlos (Mensaje 571987)
... Directo a prisión ...

Jajajajajajajaja :D:D:D:D:D
Es lo mismo que he pensado yo ;) ...

Pero es tal y como dice @Carlos, un albarán NUNCA se puede cobrar ...
Tendrás que emitir recibos de pago a cuenta o anticipo y, finalmente, de alguna manera lo tendrás que facturar ...
Pero como albarán en sí mismo :) nunca lo "podrás" cobrar ...

edari 26-02-2026 09:07:34

Gracias a todos,


Me queda claro......o no :D:D

novatico 26-02-2026 09:13:56

De la propia web de la AEAT:

Cita:

Obligación de facturar
Los empresarios y profesionales están obligados a expedir factura y copia de ésta por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en desarrollo de su actividad y a conservar copia de la misma. También deben expedir factura en los supuestos de pagos anticipados, excepto en las entregas intracomunitarias de bienes exentas.
Podéis verlo en:

https://sede.agenciatributaria.gob.e...-facturar.html

edari 26-02-2026 11:11:09

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 571995)
De la propia web de la AEAT:



Podéis verlo en:

https://sede.agenciatributaria.gob.e...-facturar.html




Pues ahí lo deja muy claro... :eek:


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