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Cobrar Albaranes
Buenos días,
Nos ha entrado la duda en la empresa de si con la ley en la mano (antifraude, facturación...) se pueden seguir cobrando albaranes o tiene que ser con un documento de factura? Gracias |
Supongo que se puede hacer una "entrega a cuenta o anticipo" y emitir un recibo, eso se contabiliza en "Anticipos recibidos" según el PGC.
No se reconoce como un ingreso hasta que se emita la factura. Ejemplo:
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Cita:
Cobras facturas y recibes (->sería un recibo) anticipos, ... albaranes como que no. Y en el recibo debería decir "Recibí tiquititiquito en concepto de loquesea." |
Cita:
Es lo mismo que he pensado yo ;) ... Pero es tal y como dice @Carlos, un albarán NUNCA se puede cobrar ... Tendrás que emitir recibos de pago a cuenta o anticipo y, finalmente, de alguna manera lo tendrás que facturar ... Pero como albarán en sí mismo :) nunca lo "podrás" cobrar ... |
Gracias a todos,
Me queda claro......o no :D:D |
De la propia web de la AEAT:
Cita:
https://sede.agenciatributaria.gob.e...-facturar.html |
Cita:
Pues ahí lo deja muy claro... :eek: |
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Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi