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Ni Excel ni Word
Bueno amigos, nuevo capítulo
Están trasladando nueva información de que excel y word(obviando lo de las macros) no garantiza el 29.2.j en cuanto a garantizar inalterabilidad, pudiendo ser un riesgo de que hay un sistema informatico de ..., gestión empresarial... que no cumple. Ala, ahora a "disfrutar". Por otro lado, que yo sepa, en excel se puede hacer un softare completo de facturación, no habia alguien trabjando en ello en el foro? Vamos yo ceeo que yo y muchos serian capaces de hacer una aplicacion para excell incluyendole vba, que enviara y bloqueara las facturas para que fueran inalterables y como ademas se enviarian, estaría cubierto. Estais de acuerdo xon esta afirmacion? |
lo que no se puede es usar excel con macros y demás historias pero decir que no lo usas como 'sistema de facturación'
Si solo usas excel para hacer facturas , sin macros ni cosas 'programadas' , para generar libros de iva etc... si que te libras de verifactu sacado de las faqs: Si uso hojas de cálculo (Excel, Numbers, etc.) o procesadores de texto (Word, Apple Pages, etc.): ¿me afecta el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? respuesta: El reglamento no le afectará si los procesadores de texto o las hojas de cálculo se utilizan exclusivamente para: Introducir los datos de las facturas. Expedir e imprimir las facturas. Conservar la información de facturación. Por el contrario, sí estará sujeto al reglamento y se considerará un sistema informático de facturación si, además de las funciones anteriores, se utiliza para procesar la información de facturación contenida en el programa para generar directamente los libros registros de IVA, los libros registro de IRPF, la contabilidad, o cualquier otro resultado que se utilice para el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias. Por ejemplo, si un usuario utiliza una hoja de cálculo Excel para generar simples listados de facturas emitidas, incluyendo sumatorios o el uso de otras reglas de cálculo, no le afectará el Reglamento. Pero si la utiliza programando una Macro, para generar el libro registro de facturas expedidas, su hoja de cálculo sí se considerará un sistema informático de facturación y, por lo tanto, deberá cumplir con los requisitos del Reglamento. Comprobación por parte de la AEAT La Agencia Tributaria podrá verificar si los procesadores de texto o las hojas de cálculo utilizadas para la emisión de facturas cumplen los criterios de un sistema informático de facturación en función de las capacidades y herramientas que utilicen. Alternativa gratuita para pequeños empresarios y profesionales Le recordamos que la AEAT ofrecerá gratuitamente una aplicación básica de facturación, que podrá utilizar siempre y cuando sus funcionalidades y condiciones de uso se ajusten a sus necesidades. |
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Enfin ya estan los asesores enviando consultas vinculantes, PORFIIINNN, a ver si le dan alguna seguridad jurídica a todo este follón que se traen con las respuestas que nos dan. |
Verifactu
Tenemos un cliente que usa otro programa para mandar a verifactu pero además quiere usar el nuestro por que le hace la contabilidad y otras cosa.
Mete 2 veces las facturas. ¿Qué hacemos con el nosotros? |
Con uno generara las facturas y las enviara a Veri*Factu y con otro solo las contabilizara, nosotros tenemos una configuración para seleccionar que series son facturas generadas con otro SIF, con lo cual no tienen que enviarse, así el cliente solo tiene que entrar y dar de alta manualmente la factura en esa serie, tenemos varios que tienen esa casuistica.
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Tienes que poder de alguna forma configurar tu ERP para esa casuística. Hay otras posibilidades (que no son tan habituales) como por ejemplo, una importación de Datos. En Septiembre "migras" de ERP, pero quieres tener en el ERP actual, al menos, las facturas de este año (que has hecho con el antiguo ERP y que ya están subidas a la AEAT). También hay un sistema para poder importar/generar esas facturas sin que vuelvan a subir a la AEAT. |
Veri
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Exacto. Si el cliente sabe que facturando en esa serie, las facturas no se envían, con un poco de mala fe se pondrá a hacer facturas en esa serie siempre, no?
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Es como si un cliente se queda con una versión vieja no adaptada al RRSIF o con una versión adaptada y marca "que está acogido al SII" para no mandar facturas. Es un uso incorrecto, pero el software DEBE permitirlo. |
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También puede marcar que está en TicketBAI y tampoco enviará nada. Pero no es un problema del software. El software permite configurarse para estar en el SII, en TBAI o marcar otras exenciones (Art. 5 RD 1007/2023), por decir algunas. Si el cliente que sabe que DEBE estar en veri*factu marca que está el alguna situación que "no aplica" es un problema suyo. |
Al menos en nuestro SIF esa configuración solo podemos hacerla nosotros, el cliente nos dice que serie es excluida y la añadimos en configuración. Pero si, pueden engañarnos, xD
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Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi