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Rechazo por tipo impositivo incorrecto - rectificativa
Hola sigo con muchas dudas sobre que hacer en los casos de facturas rechazadas. Ahora en concreto estoy trabajando en este caso:
Se emite una factura normal pero por un error en la configuración de los tipos impositivos, se indica un IVA que no es válido. Al enviar el registro de facturación es rechazado por un valor incorrecto en el campo TipoImpositivo Creo que se tiene que hacer una factura rectificativa. Creo que el nuevo registro de facturación será "ALTA POR RECHAZO", <Subsanacion>=S <RechazoPrevio>=X Lo que no tengo claro es como proceder a la creación de esa factura rectificativa. Si hago una factura rectificativa por diferencias, con la misma información que la original pero en negativo (un abono) , creo que también será rechazada porque el tipo impositivo sigue estando mal. Tendría que ser una factura rectificativa por sustitución, ya con el tipo impositivo correcto? Muchas gracias y disculpad pero llevo todo el día leyendo mensajes del foro y sigo con dudas. Saludos |
Cita:
Buenas. Sin poner la mano en el fuego mi opinión es que tendría que ser por sustitución. No tiene mucho sentido hacer un abono a sabiendas de que es incorrecto. Saludos. |
Si estás rectificando en un solo paso, deberías enviar un alta nueva <Subsanacion>=N <RechazoPrevio>=N de una factura rectificativa por sustitución con los datos correctos de la factura rechazada.
Si estás rectificado en dos pasos, debes enviar una Anulación de la factura rechazada (con esto la quitas de tu SIF) con las marcas <SinRegistroPrevio> = "S" y <RechazoPrevio> = "N" (sí, sí = "N"), y posteriormente, un alta nueva <Subsanacion>=N <RechazoPrevio>=N de una factura rectificativa por sustitución con los datos correctos de la factura rechazada |
Gracias newtron y sglorka por vuestras respuestas.
De momento me queda claro que tiene que ser una rectificativa por sustitución: Cita:
Cita:
Lo que no acabo de ver claro son los valores de Subsanacion y RechazoPrevio que indica sglorka Estaba bastante convencido que seria será "ALTA POR RECHAZO", <Subsanacion>=S <RechazoPrevio>=X pero ahora veo en el excel de diseño de registro que para esa "Operación" indica Cita:
Según lo que dice sglorka, viendo en el excel las pestañas "Cuadro Operativa Alta" y "Cuadro Operativa Anulacion" entiendo que este caso seria: Si se rectifica en un solo paso seria "ALTA" normal Si se rectifica en dos pasos seria primero "ANULACIÓN SIN REGISTRO PREVIO" y después una "ALTA" normal Seria este el motivo de esos valores? Muchas gracias |
Exactamente, si se rectifica en un solo paso seria "ALTA" normal y si se hace en dos (cuando te rechazan la factura) sería emitir un registro de anulación <SinRegistroPrevio> = "S" y <RechazoPrevio> = "NO" y después una "ALTA" normal.
Si no se produce un rechazo de la factura pero debes corregir algo con una rectificativa por sustitución, entonces emites abono alta normal y emites rectificativa alta normal |
Cita:
Pues tendré que estudiar como implementar facturas rectificativas por sustitución en nuestro programa. De momento solo permitimos por diferencias pero para este caso no sirve. Me parece recordar que la rectificativa por sustitución si se hace en dos pasos es mas "fácil" de gestionar en el propio SIF por temas de stocks y listados, ya que tienes la anulación, que hace hace cuadrar como si no se hubiera hecho la primera factura (la que se ha rechazado) y luego la nueva factura rectificativa con los datos correctos. Pero hace falta gestionar el tema de la anulación (que de momento tampoco tenemos en nuestro SIF) para que no se tengan en cuenta las facturas anuladas en las estadísticas... Si la rectificativa por sustitución se hace en un solo paso, tendríamos que gestionar la factura rectificada (la original que se rechazo) para que no se tenga en cuenta ... Buf... :o Esa seria la idea no? :) Saludos |
Ten en cuenta lo siguiente, motivos de rechazo de una Factura
1.- Nif mal construido o inexistente : Esto lo puedes controlar antes de enviar la factura. 2.- Ivas inexistentes : Esto lo puedes controlar antes de enviar la factura. 3.- Error de programación al construir el xml, indicación de claves erróneas, etc No hay más motivos de rechazo Estadísticamente, el porcentaje de facturas que van a ser rechazadas son prácticamente nulo. Vale la pena utilizar la rectificación en dos pasos. |
Cita:
Tienes que tener en cuenta de que una factura no se puede anular si ya ha sido entregada al cliente y ese detalle no lo controlas tú. Yo no soy partidario de dejar anular facturas porque seguro que después vienen las "ñapas" de los usuarios y te encuentras rulando por el mundo facturas anuladas. Ya lo he explicado en varios hilos. Yo lo que hago (y esto es determinación mía) es generar una factura rectificativa por sustitución, en otra serie y con otra numeración, haciendo alusión a la factura rectificada y la factura rectificada la quito de las tablas de ventas y la paso a una tabla de "Facturas rectificadas" para consultas en la que se indica la factura rectificativa que se ha generado. De esta manera no enturbio los registros de ventas y tengo controladas las facturas que se han rectificado. Una cosa que no acabo de tener clara a este respecto es si dejar directamente el hueco de la numeración por la factura que "desaparece" al ser rectificada o dejarla con importe cero para más claridad, ya pensaré qué hago... Saludos. |
Cita:
Sí, supongo que es mas fácil rectificar en dos pasos pero no tenemos implementada ni clara la anulación ... Cita:
Seguimos estudiando como hacerlo :( |
Cita:
El problema es dejar en las tablas de ventas una factura que ha sido sustituida por otra, eso lo único que hace es "marear". Igual en tu caso una opción sería generar la factura sustitutiva (lógicamente haciendo referencia a la original) y a la original borrarle las líneas y dejar solo la cabecera con los importes a cero indicando en algún lado que ha sido sustituida por la factura XXXXX. El problema de esto es que la factura original la perderías y no sé si es conveniente tenerla a mano para algo. Saludos. |
Mensaje eliminado
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Sería el mismo caso de una factura errónea que ya tiene el cliente y tú debes emitir una rectificativa por sustitución de dicha factura. ¿ No puedes rectificar por sustitución si la factura ya la tiene el cliente ? |
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Yo no tengo ningún problema, el problema lo tiene la ley de facturación que dice claramente que una factura no se puede anular una vez entregada al cliente. Sobre este tema en particular le hice la siguiente consulta a Verifactu (creo que esto ya lo he pegado en algún hilo): Cita:
En azul parte de la contestación, y el resto fue este: Cita:
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Cita:
https://sede.agenciatributaria.gob.e...00dc381e0aRCRD de todas formas, yo soy partidario de realizar esta operación sólo en casos muy concretos, como por ejemplo, que no se haya devengado el impuesto, pero sí la tiene el cliente, me da igual, la anularía sin problemas |
Cita:
Diosssssssssssssssssssssssssss.... a quien vamos a creer entoncessssssssssssssssssssss... el mundo se acabaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa!! :D:D |
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Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi