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Franche 06-11-2024 09:15:40

noticias y modificaciones verifactu 4 noviembre 2024
 
1 Archivos Adjunto(s)
Adjunto un pdf con los cambios que se publicaron el día 4 de Noviembre, no se si antes se ha publicado porque ando perdido con los nuevos hilos.
Un saludo

novatico 06-11-2024 09:57:49

Cita:

Empezado por Franche (Mensaje 559304)
Adjunto un pdf con los cambios que se publicaron el día 4 de Noviembre, no se si antes se ha publicado porque ando perdido con los nuevos hilos.
Un saludo

Es la publicación de una "Consulta Previa" por parte de la AEAT, pues como dijeron en el webinar del día 28, una OM no puede modificar una Ley ni su Reglamento.
Detalla las nuevas fechas de entrada en vigor, 1 de Enero de 2026 para empresas, y 1 de Julio de 2026 para autónomos.
Además hace una aclaración para los sujetos al SII.

Esto debe seguir su trámite, de momento esta consulta esta abierta hasta el 19 de Noviembre.

Jesusggc 06-11-2024 10:48:18

Fecha desarrolladores
 
Pero para los desarrolladores nuestra fecha limite es 29 julio 2025. Es así?

ermendalenda 06-11-2024 11:33:50

Cita:

Empezado por Jesusggc (Mensaje 559325)
Pero para los desarrolladores nuestra fecha limite es 29 julio 2025. Es así?

Correcto.
No hay tiempo de descuento

pablog2k 06-11-2024 11:40:22

pero entonces que diferencia hay entre la fecha para los desarrolladores y la fecha de entrada en vigor para el usuario final?
Es decir, que mas dará que nosotros tengamos el software preparado a 29 de julio, si van a posponer hasta el 1 de enero de 2026 la entrada en vigor....
voy un poco perdido :confused:

Faneka 06-11-2024 11:50:00

Aquí estamos hablando justo de lo mismo ahora, ¿que pasa que a partir del 29 de Julio no puedo modificar mi programa y actualizarlo? no le veo mucho sentido.

novatico 06-11-2024 11:53:33

Cita:

Empezado por pablog2k (Mensaje 559332)
pero entonces que diferencia hay entre la fecha para los desarrolladores y la fecha de entrada en vigor para el usuario final?
Es decir, que mas dará que nosotros tengamos el software preparado a 29 de julio, si van a posponer hasta el 1 de enero de 2026 la entrada en vigor....
voy un poco perdido :confused:

Lo que ocurre es que, a partir del 29 de Julio de 2025, todos los programas que vendamos deben, OBLIGATORIAMENTE, que estar completamente adaptados a la Ley, aunque nuestros clientes, no estén obligados a tenerlos adaptados hasta 01-01-2026 / 01-07-2026. :confused:

edari 06-11-2024 11:59:51

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 559334)
Lo que ocurre es que, a partir del 29 de Julio de 2025, todos los programas que vendamos deben, OBLIGATORIAMENTE, que estar completamente adaptados a la Ley, aunque nuestros clientes, no estén obligados a tenerlos adaptados hasta 01-01-2026 / 01-07-2026. :confused:


Tampoco dicen si eso hay que comunicarlo de alguna forma

pablog2k 06-11-2024 12:33:22

pero como van a saber que mi programa está adaptado a la ley , si no puedo subir facturas ni generar QR ya que aun no ha empezado para el usuario final??
sigo sin entenderlo :confused::confused::confused::confused:

novatico 06-11-2024 13:19:52

Cita:

Empezado por pablog2k (Mensaje 559336)
pero como van a saber que mi programa está adaptado a la ley , si no puedo subir facturas ni generar QR ya que aun no ha empezado para el usuario final??
sigo sin entenderlo :confused::confused::confused::confused:

Realmente, los usuarios finales (OT) podrían hacerlo igual que nosotros ahora, en PREPRODUCCION.

ermendalenda 06-11-2024 13:38:50

Los plazos son esos, como van a saberlo o no es otra cuestión, por ejemplo si vendes una licencia nueva, estas dejando constancia mediante factura de esa licencia, y si llegado el plazo no pueden remitir por que no lo has preparado se te cae el pelo por todos lados, es una forma de protejer un poco a los que han adquirido el software.
Hay mucho pirata que le pueden decir, que si que si, que te lo voy a tener listo para la fecha, de esta forma en el mismo software tienes que poner el certificado responsable y accesible, por lo tanto ya hay un compromiso por adelantado y el empresario se queda tranquilo de no tener que buscar un programa a toda prisa.
Hay que ponerse todos los zapatos

rci 06-11-2024 13:42:15

Cita:

Empezado por Franche (Mensaje 559304)
Adjunto un pdf con los cambios que se publicaron el día 4 de Noviembre, no se si antes se ha publicado porque ando perdido con los nuevos hilos.
Un saludo

Hola Franche, muchas gracias por la información.
De donde has sacado este pdf? puedes poner la URL ?

Por lo que decís, es solo un documento de consulta previa y no es oficial lo que pone? no está aprobado pues?

Muchas gracias

CarlosArjonomia 06-11-2024 13:44:31

Entiendo que el cliente que quiera integrarse en verifactu lo puede hacer desde el 29 de julio, por lo que tienes que tener tu programa adaptado. Aunque no sea obligatorio hasta el enero del 26.

Jesusggc 06-11-2024 13:45:14

Yo entiendo que si nosotros el 29 ya debemos tener nuestro software, hacienda ya NO estará en PREPRODUCCION y ya VOLUNTARIAMENTE el usuario final podría adherirse a VERIFACTU.

Yo lo veo como ventaja ya que nos permite realizar el proceso de forma más escalonada y no pasar de la noche a la mañana todos con VERIFACTU.

Por que ya sabemos todos y sino nos lo imaginamos que al principio esto va a fallar mas que una "escopetilla plomos" y habrá que pulir muchas cosas. Y precisamente por eso creo que esta el tema de SUBSANAR registros de facturacion que no se puedan subsanar mediante factura rectificativa.

bmfranky 06-11-2024 13:58:53

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 559339)
Realmente, los usuarios finales (OT) podrían hacerlo igual que nosotros ahora, en PREPRODUCCION.

Pues segun parece, no se puede usar el servicio de preproduccion para ese caso, yo havia pensado en ello, ir gastando la operativa, para ver los posibles fallos , hasta que lei que si se descubria que se usaba en produccion podrian "banear" del servico al SIf
El problema es que estoy buscando el documento donde lo ley, pero llevo tantos leidos que no lo encuentro.

novatico 06-11-2024 14:01:50

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 559341)
Hola Franche, muchas gracias por la información.
De donde has sacado este pdf? puedes poner la URL ?

Por lo que decís, es solo un documento de consulta previa y no es oficial lo que pone? no está aprobado pues?

Muchas gracias

Esto sale de aquí:
https://www.hacienda.gob.es/es-ES/No...aAbiertas.aspx

Es el inicio del trámite para cambiar la fecha de entrada en vigor.

rci 06-11-2024 14:04:22

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 559346)
Pues segun parece, no se puede usar el servicio de preproduccion para ese caso, yo havia pensado en ello, ir gastando la operativa, para ver los posibles fallos , hasta que leí que si se descubria que se usaba en produccion podrian "banear" del servico al SIf
El problema es que estoy buscando el documento donde lo ley, pero llevo tantos leidos que no lo encuentro.

Creo que y también leí algo por el estilo pero no entendí lo mismo.
Yo pensé que decía algo como que NO se podía utilizar el servicio de preproducción para enviar cada factura primero a preproducción (para ver si daba errores) y si era correcta enviarla ya a producción.
Pero es una interpretación mía que puede no ser correcta.

bmfranky 06-11-2024 14:09:20

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 559350)
Creo que y también leí algo por el estilo pero no entendí lo mismo.
Yo pensé que decía algo como que NO se podía utilizar el servicio de preproducción para enviar cada factura primero a preproducción (para ver si daba errores) y si era correcta enviarla ya a producción.
Pero es una interpretación mía que puede no ser correcta.

Por eso estoy buscando el documento, por verificarlo.

antoine0 07-11-2024 11:04:41

Cita:

Empezado por pablog2k (Mensaje 559332)
pero entonces que diferencia hay entre la fecha para los desarrolladores y la fecha de entrada en vigor para el usuario final?

La fecha para los desarrolladores es el día después de la fecha límite para vender una licencia de un producto no conforme, o sin declaración responsable.
Antes de esta fecha, puedes vender ya un producto conforme a la norma, y ya puedes incluir la declaración responsable; pero de momento es opcional.

La fecha para los usuarios finales es la fecha límite para acogerse al servicio Veri*factu (o a la modalidad no-Veri*factu) y arrancar los registros de facturación. Después de esta fecha no se podrán emitir facturas que no sigan conforme al reglamento.
También a partir de esta fecha los inspectores de Hacienda podrán requerir a los usuarios no-Veri*factu sus registros, realizar pesquisas para comprobar que tienen los registros como toca, y por lo contrario multarles.

Hay une tercera fecha que es la fecha de puesto en producción del servicio web Veri*factu por parte de Hacienda. Por lo visto parece ser que no será en 2024... (por ejemplo, no he visto hasta la fecha nada del portal Veri*factura para los usuarios pequeños, los de menos de 100 facturas anuales, artículo 7 b) del reglamento). Pero no debería tardar mucho más.

Y luego cada usuario tendrá su propia fecha de arranque de los registros de facturación de su SIF. Para los no-Veri*factu, puede ser técnicamente desde el 29/10/2024, si tienen el sistema ya listo y conforme. Para los Veri*factu, deberán esperar la puesta en producción del servicio web.

unomasmas 10-11-2024 18:41:46

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 559346)
Pues segun parece, no se puede usar el servicio de preproduccion para ese caso, yo havia pensado en ello, ir gastando la operativa, para ver los posibles fallos , hasta que lei que si se descubria que se usaba en produccion podrian "banear" del servico al SIf
El problema es que estoy buscando el documento donde lo ley, pero llevo tantos leidos que no lo encuentro.

Pues a mi me parece muy necesario disponer del sistema de pruebas para los usuarios. A fin de cuentas es muy, muy probable que no se verifiquen todas las variables posibles en nuestras pruebas y ellos, durante unos días, al menos, podrían verificar si les va bien nuestro desarrollo o peta en algún punto.


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