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bmfranky 17-09-2026 16:49:28

Seminario 10/09/2026
 
Hola, han colgado un resumen del seminario , aquí.

bmfranky 17-09-2026 16:59:59

Ya empezamos, hay un modo de anulación de facturas:





Que no era que no se podían anular las facturas???

Neftali [Germán.Estévez] 17-09-2026 17:44:58

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 572660)
Hola, han colgado un resumen del seminario , aquí.

Gracias por el aviso.
^\||/^\||/^\||/

Neftali [Germán.Estévez] 17-09-2026 17:46:01

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 572661)
Ya empezamos, hay un modo de anulación de facturas:
Que no era que no se podían anular las facturas???

Legalmente existe el concepto de anulación de una factura. Lo lógico es que esté.

rdea 17-09-2026 23:03:05

[quote=ermendalenda;572173
Por ejemplo, no tiene lógica que una factura emitida y pagada tenga que el receptor cambiarla de estado /aceptada/pagada. [/QUOTE]

La idea del crea y crece es reducir la morosidad, entonces, un Emisor de factura confirmará que recibió el pago y el destinatario, que la ha pagado.

rdea 17-09-2026 23:05:24

Cita:

Empezado por FacilIng (Mensaje 572624)
¿Alguien ha asistido? ¿Qué os ha parecido?

Yo he asistido, me ha parecido bastante coherente, toca analizarlo bien una vez lo publiquen

keys 18-09-2026 11:39:32

Cita:

Empezado por Neftali [Germán.Estévez] (Mensaje 572664)
Legalmente existe el concepto de anulación de una factura. Lo lógico es que esté.

Cierto una factura se puede anular por una serie de motivos, por ejemplo si me he equivocado de cliente. Pero lo del identificador queda reutilizable choca con verifactu. :cool:

FacilIng 18-09-2026 12:24:07

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 572669)
... Pero lo del identificador queda reutilizable choca con verifactu. :cool:

Correcto! En Verifactu la anulación de una factura, cosa totalmente posible, la anula "logicamente", nunca la elimina, por lo que nunca se "libera" el identificador de la factura pq ésta nunca deja de existir ...
Por lo que no le veo mucho sentido a que se puedan anular facturas en SPFE :confused: pero bueno, ya veremos cómo lo hacemos ...

Neftali [Germán.Estévez] 18-09-2026 13:16:56

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 572669)
Cierto una factura se puede anular por una serie de motivos, por ejemplo si me he equivocado de cliente.

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 572669)
Pero lo del identificador queda reutilizable choca con verifactu. :cool:

Eso no.
Si se ha dicho me lo he perdido!!
Entiendo que si una factura se anula (en las pocas ocasiones en que legalmente se puede hacer) el identificador no se puede reaprovechar. Ese NUM/SERIE quedará vacío y en todo caso habrá que justificarlo ante la AEAT, pero reutilizarlo no.

FacilIng 18-09-2026 13:27:50

Creo que estamos diciendo todos lo mismo @Neftali :D ...
Cita:

Empezado por Neftali [Germán.Estévez] (Mensaje 572673)
Entiendo que si una factura se anula (en las pocas ocasiones en que legalmente se puede hacer) el identificador no se puede reaprovechar. Ese NUM/SERIE quedará vacío y en todo caso habrá que justificarlo ante la AEAT, pero reutilizarlo no.

Pues eso precisamente es lo que dice @keys en su mensaje ...
Cita:

Empezado por keys (Mensaje 572669)
Cierto una factura se puede anular por una serie de motivos, por ejemplo si me he equivocado de cliente.
Pero lo del identificador queda reutilizable choca con verifactu. :cool:

Que en la documentación pasada del seminario, documento "DIT_FE_Seminario_10_septiembre.pdf" página 18, indica que el identificador es "reutilizable" y eso choca frontalmente con Verifactu ...
Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 572661)


Neftali [Germán.Estévez] 18-09-2026 13:32:39

Cita:

Empezado por FacilIng (Mensaje 572674)
Creo que estamos diciendo todos lo mismo @Neftali :D ...

Perdonad. ^\||/^\||/
Que a veces uno lee en diagonal y no pilla del todo... :o

Noe277 18-09-2026 13:39:08

Cita:

Empezado por FacilIng (Mensaje 572674)
Creo que estamos diciendo todos lo mismo @Neftali :D ...


Pues eso precisamente es lo que dice @keys en su mensaje ...


Que en la documentación pasada del seminario, documento "DIT_FE_Seminario_10_septiembre.pdf" página 18, indica que el identificador es "reutilizable" y eso choca frontalmente con Verifactu ...


Yo creo que no es contradictorio.
En verifactu van a estar todas las facturas y esta el tema del encadenamiento.
En factura electrónica nos lo tenemos que tomar como una plataforma de intercambio, dijeron que la información se mantendría un tiempo pero que no lo usásemos como repositorio. La factura electrónica tiene mas información que el verifactu y puede ser información no estrictamente necesaria para la confección de una factura.

keys 22-09-2026 11:48:31

Cita:

Empezado por Noe277 (Mensaje 572676)
Yo creo que no es contradictorio.
En verifactu van a estar todas las facturas y esta el tema del encadenamiento.
En factura electrónica nos lo tenemos que tomar como una plataforma de intercambio, dijeron que la información se mantendría un tiempo pero que no lo usásemos como repositorio. La factura electrónica tiene mas información que el verifactu y puede ser información no estrictamente necesaria para la confección de una factura.

Yo no estoy diciendo que los dos sistemas sean contradictorios, el cometido de cada uno es diferente (Aunque ya lo podían haber unificado que es lo que se esta pidiendo por ahí). Pero en la practica si estoy en verifactu, este no me va a permitir reutilizar el numero de una factura, por lo que tampoco lo poder hacer en la factura electrónica. Son dos cosas distintas pero la información enviada a un sitio u otro tendrá que ser coherente.

rci 06-10-2026 10:45:50

Boe Spfe
 
por si no lo habéis visto:

https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/...2026-20587.pdf

Faneka 06-10-2026 11:30:33

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 572808)

Si, ayer lo pusieron por otro lado me parece, junto con la noticia del retraso hasta Octubre del 2028 del Verifactu, jj.

FacilIng 13-10-2026 09:59:47

Buenos días! :D

La Agencia Tributaria habilitó la siguiente URL para Verifactu en su portal de Desarrolladores:

https://www.agenciatributaria.es/AEA...ERI_FACTU.html

Para la facturación electrónica de la Ley Crea y Crece y la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, citada anteriormente ...

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 572808)

... no encuentro absolutamente nada en la web de la Agencia Tributaria.

¿Alguno sabe si ya han publicado algo y dónde lo han hecho?

¡Muchas gracias! :)

rci 13-10-2026 10:15:38

yo tampoco no lo se

FacilIng 13-10-2026 10:17:02

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 572871)
Yo no veo nada de verifactu en el portal de desarrolladores...
las últimas noticias diría que no tienen nada que ver ni con verifactu ni con crea y crece

Perdona, perdona :rolleyes: me había equivocado con el enlace, lo acabo de corregir ...
Me refería a este: https://www.agenciatributaria.es/AEA...ERI_FACTU.html

Faneka 13-10-2026 10:18:15

Supongo que quiere decir que en su día para Verifactu hay una URL https://sede.agenciatributaria.gob.e...verifactu.html y que para la SPFE no ve nada, es que yo creo que de momento no tienen nada habilitado.

Neftali [Germán.Estévez] 13-10-2026 10:18:45

La documentación de las presentaciones la tienes aquí:
https://terawiki.clubdelphi.com/Otro...LeyCreaYCrece/

Puedes empezar por eso.

FacilIng 13-10-2026 11:07:16

Cita:

Empezado por Neftali [Germán.Estévez] (Mensaje 572874)
La documentación de las presentaciones la tienes aquí:
https://terawiki.clubdelphi.com/Otro...LeyCreaYCrece/
Puedes empezar por eso.

Sí, sí :D todo esto ya lo tengo ...
Solo que me extraña que, después de la publicación de la Orden HAC/1028/2026, no hayan colgado absolutamente nada en el portal de Desarrolladores ...
Pero bueno :rolleyes: ya sabemos cómo va esto ;) ...
Gracias @Neftali!

rci 13-10-2026 16:02:58

Se ha publicado documentación técnica inicial en el Portal de Desarrolladores
 
ahora si se ha publicado

Cita:

13-10-26SPFE - Publicación de documentación técnica inicial de la Solución Pública de Facturación Electrónica
Se ha publicado documentación técnica inicial en el Portal de Desarrolladores asociada a la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, por la que se regula la Solución Pública de Facturación Electrónica, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final tercera del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, por el que se desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

Ante cualquier duda/sugerencia y/o falta de corrección sobre la nueva información publicada, se recuerda el buzón de consultas técnicas de Factura electrónica: [email protected]

adolphsys 13-10-2026 16:52:47

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 572882)
ahora si se ha publicado

Gracias por avisar, yo también estaba pendiente...

FacilIng 13-10-2026 17:21:31

Cita:

Empezado por rci (Mensaje 572882)
ahora si se ha publicado

Sí señor :D ahora sí ...
Lo acabo de ver también ...
¡Muchas gracias! :cool:

rci 16-10-2026 16:16:48

Subforos para Facturación electrónica (Ley crea y crece AEAT)
 
por si no lo habéis visto, se han creado Subforos para Facturación electrónica (Ley crea y crece AEAT)

https://www.clubdelphi.com/foros/sho...&postcount=108

Cita:

Empezado por Neftali [Germán.Estévez] (Mensaje 572929)
Solución pública Facturación Electrónica/Ley Crea y Crece (ES)
Foro dedicado exclusivamente al proyecto de Facturación electrónica (Lay Crea y Crece) de la AEAT en España
=> Este es el foro primario que engloba a los otros 3 subforos (de forma similar a como hicimos con la Ley Antifraude).

General/Noticias/Temas legales
Preguntas generales sobre el proyecto y noticias que vayan apareciendo al respecto

Preguntas técnicas, códigos, esquemas, envíos,...
Foro para preguntas más técnicas. Envíos y Repuestas, Servicios Web, Errores, código, ejemplos,...

SDK Componente factura electrónica
Proyecto DEMO para factura electrónica. Versiones, consultas y debate sobre este proyecto

Si miráis en la lista de foros no son tan difíciles de encontrar... :D:D


oscarperez-1980 20-10-2026 13:10:42

Aplazamiento
 
Hola, con esta aplazamiento , se pueden vender software no adaptados?? alguien lo ha consultado?

Gracias.

newtron 20-10-2026 13:16:49

Cita:

Empezado por oscarperez-1980 (Mensaje 572946)
Hola, con esta aplazamiento , se pueden vender software no adaptados?? alguien lo ha consultado?

Gracias.


Pues esa era mi pregunta. Yo en particular me temo que no porque la ley de momento que yo sepa no ha cambiado.

oscarperez-1980 20-10-2026 13:50:40

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 572947)
Pues esa era mi pregunta. Yo en particular me temo que no porque la ley de momento que yo sepa no ha cambiado.



Pues según el correo de verifactu, en el periodo voluntario si se puede.... El último responsable es el usuario dicen.

Logan05 20-10-2026 15:07:25

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 572947)
Pues esa era mi pregunta. Yo en particular me temo que no porque la ley de momento que yo sepa no ha cambiado.

Yo tambien entiendo que NO, que el SIF debe estar adaptado para poder venderlo, lo que se retrasa (o no, todavia no he visto nada legal publicado) es lo de los QR, RF, DR y el envío, que la decisión queda en manos del cliente, aunque tengamos que ser nosotros los únicos que podamos trasladar su decision al programa al instalarlo. Es decir el programa tiene que estar adaptado internamente aunque al usarlo no lo parezca.

newtron 20-10-2026 17:39:17

Lo que tenemos que tener en cuenta es que lo que prima es lo que diga la ley (creo) y la ley todavía no ha sido modificada así que yo no me fío ni un pelo. Si no me equivoco lo que se ha adjuntado por aquí son respuestas NO VINCULANTES a preguntas que se han hecho y en la aeat lo único que hay es un comunicado informando del retraso en la aplicación de la ley así que.... no sé, yo no lo tengo claro.

novatico 20-10-2026 18:12:26

En las "Preguntas Frecuentes (FAQs)" en la AEAT para VERIFACTU, cuya última actualización es de Mayo de 2026, ya está la siguiente pregunta y respuesta:

Una sociedad que opte por utilizar el sistema informático VERI*FACTU dentro del
periodo de pruebas ¿es obligatoria la permanencia en dicho sistema hasta que
finalice el año natural


No.
La Disposición final cuarta del RRSIF (Reglamento que establece los requisitos de los sistemas
informáticos de facturación), modificada por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre,
establece que entrará en vigor de forma obligatoria el 1 de enero de 2027 para contribuyentes
del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados tributarios
mencionados en el artículo 3.1 del RRSIF, entre ellos, los contribuyentes del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas. El periodo anterior a
la entrada en vigor del RRSIF es un periodo de pruebas.
Se podrá dejar de expedir facturas y remitir registros en prueba con un SIF modalidad
VERI*FACTU y utilizar para facturar otros SIF (sistema informático de facturación), que podrían
ser adaptados y funcionar en modo NO VERI*FACTU (si así lo permiten) o incluso sistemas
antiguos no adaptados, mientras no tengan obligación: hasta el 31/12/2026 o 30/06/2027,
según aplique.
Una vez se tenga obligación de adaptación al RRSIF, es decir, a partir del 1/1/2027 o 1/7/2027,
según aplique, si los obligados optan por comenzar a expedir facturas y remitir registros de
facturación (RF) con un SIF VERI*FACTU, debe permanecer, al menos, hasta la finalización del
año natural en el que se haya producido, de forma efectiva, el primer envío de los registros de
facturación


No me parece que difiera tanto de lo que están contestando ahora.

Por otro lado, este foro no es de Facturación Electrónica ?

newtron 20-10-2026 18:17:27

Pues llevas razón. Este hilo va de otra cosa y no me había percatado. Pero bueno.... lo que adjuntas no habla de empresas de software que venden un programa, habla de usuarios que tienen la posibilidad de no enviar y hasta de usar un programa no adaptado. Para mi son cosas distintas.

novatico 20-10-2026 18:31:43

Intentemos ser "un poco" lógicos.

Como desarrolladores, nuestros clientes pueden:

- Estar sujetos a VERIFACTU
- Estar sujetos a TICKEBAI
- Estar sujetos a SII
- Estar exentos

Por lo tanto, debemos tener a su disposición SIF que se adapten a sus necesidades, dentro del mercado de clientes al que queramos acceder.

En ningún sitio esta escrito que todas esas opciones deban estar disponibles en un único SIF, por lo que podríamos tener uno para cada caso.

Por tanto, si, por ejemplo, yo le tengo que vender un programa a una Fundación, o a un Centro Educativo reconocido como tal, SI QUE TENGO que tener un SIF que le pueda vender, y en estos casos será EXENTO del RRSIF, lo que no quiere decir que no deba cumplir la Ley Antifraude, que como todos sabemos, son COSAS DISTINTAS.

PD: Las mayúsculas no son para gritar sino para destacar. Sorry si alguién se ofendió.

Neftali [Germán.Estévez] 20-10-2026 18:42:35

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 572952)
Por otro lado, este foro no es de Facturación Electrónica ?

Correcto.
Si os parece bien voy a cerrar este tema, porque tanto la "Ley Antifraude" como la nueva "Ley Crea y crece (fact. electrónica)" ya disponen de sus foros correspondientes.

Cualquier discusión, si queremos que esté en su sitio y sea accesible para el resto de usuarios, debería moverse a los foros correspondientes.

Gracias a todos.


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