Cita:
Empezado por ermendalenda
Gracias por compartir.
Hola estoy un poco espeso, he leido esta respuesta y me he quedado con la misma duda que tenua, a raiz de esta respuesta de la aeat, sabeis si realmente los sistemas SÍ VERIFACTU (O sea que envian directamente) tienen que crear algún evento. el de instalación inicio de envio...? no entiendo muy bien el mensaje
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Hola,
Lo que yo creo.
El registro de eventos es obligatorio únicamente en el caso de los sistemas no Veri*factu. Los sistemas Veri*factu pueden contar con él, pero es opcional.
Esto se recoge en la Orden Ministerial que está puesta a información pública y se ha publicado el 3 de enero de 2024.
En el pdf "Texto del proyecto" Artículo 3
"…. en tanto actúen como sistemas VERI*FACTU, no les serán de aplicación los artículos 6.b), 6.c), 6.d), 6.e), 6. f), 7.f), 7.h), 7.i), 7.j), 8 y 9 de esta orden."
El artículo 9 es el Registro de eventos.