Esto es lo más importante que veo.
Cita:
Los obligados a expedir facturas a los que aplica el Reglamento deberán tener operativos sus
SIF adaptados a las características y requisitos que se establecen en él y en su normativa de
desarrollo antes del 1 de julio de 2024.
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Cita:
Los productores (y, consecuentemente, los comercializadores) de SIF deberán ofrecer sus
productos adaptados totalmente al Reglamento en el plazo máximo de nueve meses(*) desde la
entrada en vigor de la OM que lo desarrolla. No obstante, en relación con SIF incluidos en los
contratos de mantenimiento de carácter plurianual contratados antes de este último plazo,
deberán estar adaptados al contenido del Reglamento (y OM) con anterioridad al 1 de julio de
2024.
(*) En ese mismo plazo máximo de 9 meses, la AEAT dispondrá en su sede electrónica del
servicio de recepción de registros de facturación para los sistemas VERI*FACTU
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Que bien ellos se dan 9 meses mas.
Esto tiene pinta de ser una presentación que han hecho con las empresas que ya estan metidas en el proyecto.