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ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
Cita:
Empezado por AlfredoSanz Ver Mensaje
Hola, hace días que sigo este interesante hilo del foro y me he decidido a participar para hacer una puntualización.

La Ley Antifraude, en la incorporación del artículo 29.2.j) de la LGT dice:
La obligación, por parte de los productores, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión .....

Por lo cual entiendo que los programas contables y de gestión (confección de albaranes, etc..) si bien no aplica el envío automático verifactu, sí son de aplicación a dichos programas la incorporación de medidas que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

Otra cosa es cómo se traduce esta obligación en la práctica, ya que hasta ahora sólo han hablado de cómo va ha cambiar el sistema de facturación.

Hola.
Para los sistemas que remitan Veri*factu no son aplicables algunos artículos, ya lo han dicho en el seminario del día 14 y en varias ocasiones, ya que el envio ya presupone cumplimiento de estos artículos.

Artículos no aplicables a los que remitan VERI*FACTU:
Cita:
Artículo 6. Integridad e inalterabilidad de los registros de facturación (huella vs firma)
Artículo 7. Trazabilidad de los registros de facturación
Artículo 8. Conservación, accesibilidad y legibilidad de los registros de facturación.
Artículo 9. Registro de Eventos.
Por tanto, puedes tener un sistema de contabilidad, gestion de pedidos, albaranes, generación temporal de facturas, y por otro lado remitirlas con un sistema VERIFACTU que cumpla el resto de requisitos, huella, envio automatico, Generación QR.

Debido a la complejidad de los software P que necesitan meses o incluso años de volver a desarrollarlo o tienen un software sin soporte, seguro van a pasar por 1 primer proceso, siempre que tengas acceso a los datos directamente vinculando bases de datos, por ODBC o por otro sistema.
SOLUCIÓN,:
Exportar los datos a otra aplicación que cumpla los requisitos VERI*FACTU para hacer los envios, teniendo en cuenta que la nueva aplcación controle que los datos de la aplicación antigua no haga cosas "raras", con lo cual das de alta la nueva aplcaicón y listo, la primera aplicación pasará a ser una herramienta de trabajo temporal, como los albaranes. Las facturas que generes serán documentos temporales hasta que se envien, etc...

Con esto también podemos contestar a la pregunta si estás obligado a mantener un sistema antiguo, y mi espuesta es Sí, siempre que lo tengas vinculado a un sistema VERI*FACTU y como no va a haber más remedio que vincularlo entonces la respuesta es tajante

Última edición por ermendalenda fecha: 27-02-2024 a las 11:04:08.
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