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Antiguo 06-02-2024
CarlosR CarlosR is offline
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CarlosR Va por buen camino
Corrígeme si me equivoco, pero el aplicativo debe poder acogerse a veri*factu o no, es decisión de la empresa acogerse o no. El aplicativo debe tener las dos versiones.
En el caso de que te acojas a veri*facto deberás enviar las facturas a la Agencia Tributaria de forma casi inmediata, y poco mas. En el caso de que no te acojas a veri*factu no podrás poner ningún QR en tus facturas y debes tener todos los protocolos de encadenamiento, cifrado, garantía de no cambio, archivo, exportación de logs..., etc.etc.
Como el aplicativo debe tener las dos, en mi caso he optado por seguir todos los pasos tanto si se envía a la Agencia Tributaria como si no.
Sigo teniendo dudas de si hay que llevar dos o mas tablas separadas de la tabla de cabecera de factura y pies de documento o bien serviría con encadenar las mismas facturas en un campo XML en la misma tabla de cabecera de facturas que es como realmente lo tengo diseñado. Creo entender que no hay una norma fijada a tenor de lo que estoy leyendo.
He estado en numerosos weminars y aparte de hablar de fechas de entrada en vigor y algún link de la AEAT poco mas se dice.
Aprecio enormemente la colaboración de foros como este, que en determinados momentos se vuelve una necesidad.
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