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nincillo nincillo is offline
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nincillo Va por buen camino
Operación exenta de IVA de acuerdo con el artículo 8 del RD-ley 15/2020, de 21 de abr

¿Alguien ha enviado ya alguna factura "contamplando" esta novedad que se han sacado de la manga?

¿Podría alguien adjuntar un xml de ejemplo?

Gracias.

Cita:
Así es, con carácter temporal desde el 23 de abril de 2020 hasta el 31 de julio de 2020 se establece un tipo impositivo del 0% del IVA aplicable a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias del material sanitario relacionado en el anexo del Real Decreto-ley 15/2020 cuyos destinatarios sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social.

Estas operaciones al tipo del 0% de IVA se documentarán en factura como operaciones exentas, es decir, la factura no aplicará IVA alguno sobre la base imponible indicada e incluirá la mención "operación exenta de IVA de acuerdo con el artículo 8 del RD-ley 15/2020, de 21 de abril".

Pero cuidado, las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias del material sanitario indicado cuando el destinatario sea un particular, un profesional o un empresario no considerado entidad pública, clínica o centro hospitalario ni entidad de carácter social seguirán estando sujetas al tipo de IVA correspondiente de acuerdo con los artículos 90 y 91 de la Ley 37/1992 del IVA. Solo está exento de IVA si el destinatario en la factura, es unos de los organismo antes dicho.
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