Ver Mensaje Individual
  #3414  
Antiguo 19-06-2023
Avatar de newtron
[newtron] newtron is offline
Membrillo Premium
 
Registrado: abr 2007
Ubicación: Motril, Granada
Posts: 3.467
Reputación: 21
newtron Va camino a la fama
Cita:
Empezado por antoine0 Ver Mensaje
Si el cliente es empresario, tal operación es no sujeta a IVA en España por razón de territorio (artículo 4 ley 37/92). Se envía al SII con tipo F1, clave 01, y el importe desglosado como PrestacionServicios, NoSujeta e ImporteTAIReglasLocalizacion.
Salvo en los casos de Canarias, Ceuta y Melilla, no creo que puedes identificar al cliente con su NIF español, necesitarás identificarle con su número fiscal en su país de residencia. Dicho de otra forma el hecho que siga español es completamente irrelevante.
Si vive en un país de la UE, necesariamente debes identificarle con su NIF-IVA, debe estar dado de alta como operador intracomunitario, y el comprador deberá aplicar en su país las reglas del inversión del sujeto pasivo (y esta obligación debe figurar en la factura).
Si vive fuera de la UE no sé las reglas con exactitud, pero imagino que habrá reglas similares una vez está probado que la operación está no sujeta a IVA.
Si la única información que tienes del cliente es su DNI español, yo lo pondría con IDType 04, pasaporte, para evitar posible confusión.

Gracias compañero.


Saludos.
__________________
Be water my friend.
Responder Con Cita