Ver Mensaje Individual
  #178  
Antiguo 13-03-2024
afxe afxe is offline
Miembro
 
Registrado: jul 2004
Ubicación: Malaga-España
Posts: 273
Reputación: 20
afxe Va por buen camino
Cita:
Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
No sé si alguien con más experiencia en factura electrónica sabe la equivalencia entre la factura sustitutiva o de canje con la factura electrónica.
Se me ocurren 2 formas:
Factura completa, insertando los documentos pdf de los tiquets
Factura recapitulativa e indicando fecha y número de tiquet de cada operación

Pero ninguna de las 2 formas encaja 100%
A mi entender, las facturas electrónicas hay que subirlas cuando se emiten a una persona física o jurídica. Las facturas simplificadas sin identificación del sujeto, no tiene sentido ser enviadas a la plataforma, ya que es una plataforma para el intercambio de facturas entre empresas y autónomos. Otra cosa es el verifactu... ahí sí hay que enviarlas una a una, nada de recapitular, ya que cualquier cliente, con su ticket, tiene que tener la posibilidad de consultar si ese ticket está subido correctamente a la AEAT.

Otra cosa. He leido esto en un artículo:

Cita:
Punto de entrada de las facturas
A la hora recibir facturas, los autónomos deberán comunicar a sus proveedores cuál es el punto de entrada de las mismas. Es decir, el software privado de facturación electrónica con el que trabajen. Esta información tendrá que ser pública en todas las comunicaciones con los proveedores y en la página web del negocio (en caso de disponer de ella). De no hacerlo así, se entenderá que el punto de entrada es la solución pública de facturación electrónica.
No lo entiendo bien... Se supone que el punto de entrada habrá que poner el DIRe de la empresa/autonomo receptor de la factura, para que éstos puedan recibir dichas facturas. ¿Qué pinta el software privado que usen?
__________________
Amar al mundo apasionadamente.
Responder Con Cita