Cita:
Empezado por CarlosR
De todos modos puede darse el siguiente caso de factura por partes : Le haces una factura a un empresario que tiene dos partes separadas, una con recargo y otra sin el. En el caso de que el material lo asuma la empresa deberá llevar recargo de equivalencia si está sujeto a ello, en el caso de un gasto particular no.
Como esto va asociado a cada base y tipo de iva no será un problema. Es lo mismo que una factura con una parte exenta y otra no.
|
Gracias.lo tendré en cuenta para avisar que tiene que hacer 2 facturas
. No me voy a complicar, además no creo que se nos dé el caso nunca . Pero gracias por la explicación, me viene bien saberlo.