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Irreo Irreo is offline
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Irreo Va por buen camino
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Empezado por HerensugeBeltz Ver Mensaje
El encadenamiento de facturas se realiza en base a la fecha de expedición de la factura, que no tiene porqué coincidir con la fecha de operación (fecha de factura). En mi opinión es perfectamente válido expedir el 30/10/22 una factura sin fecha de operación (se asume como tal la fecha de expedición) e, inmediatamente después, expedir una factura con fecha de operación de 25/10/22, que irá encadenada a la anterior, sean ambas de la misma serie o de series distintas.
Buenas,

Hay una cosa aquí que no me queda del todo clara, y no sé si es un problema de conceptos.

Tenemos por un lado lo que sería la "fecha de expedición" de una factura, que hasta donde yo entiendo, es la fecha en la que se ha "creado" una factura. Es decir, la fecha en la que una factura "cobra existencia" (con ticketbai o sin él)

Por otro lado tenemos lo que los textos sobre el encadenamiento de facturas denominan "factura expedida por el sistema", que una vez más hasta donde yo entiendo, se refiere a facturas que un dispositivo ha enviado a Hacienda, pero aquí no entramos a hablar de fechas de factura.

En la teoría puedo suponer que la fecha y hora para ambos eventos serán iguales, ya que según la normativa, "una factura debe ser enviada a Hacienda inmediatamente después de ser emitida/expedida".

Pero aquí es donde no me quedan claros estos conceptos.

A mi en su momento me dijeron que aunque "no es obligatorio" enviar las facturas en orden (me refiero a la numeración), sí es recomendable.

Es decir, que puedes enviar las facturas 30, 31, 33, 34 y 35, y después enviar la 32. Pero ojo, con el encadenamiento bien. Es decir, la 33 notificará que la 31 es la anterior, y la 32 dirá que la anterior es la 35.

Lo que no me termina de quedar claro es si la "fecha de expedición de la factura" debe corresponder en efecto a la "fecha en la que el sistema ha expedido (emitido) la factura a Hacienda"

Nosotros por ejemplo generamos las facturas en un sistema centralizado que tenemos para gestionar pedidos, cobros, etc... y una vez la factura ya tiene su número, fecha de expedición, etc. se envían a un API intermedio, que es el que envía las facturas a Hacienda. Yo el encadenamiento lo estoy calculando en este dispositivo, y los datos de la factura los ignoro (fecha, número...). Simplemente cojo la última factura que ha entrado en esa cola, ya que luego se envían en orden una por una.

Teniendo en cuenta que hay varios puntos de venta en diferentes sitios, si dos ventas se ejecutan al mismo tiempo, si hubiese retardos en el proceso de asignar fecha, enviar al API, etc... podría darse el caso que la factura 150 tenga la hora 12:35, la 151 tenga la hora 12:36, pero que sea la 151 la primera que envía la solicitud al API, por lo que el resultado de cara a Hacienda sería que envío la factura 151, y después la 150 encadenando a la 151 con la factura anterior.

Hasta ahora he entendido que esto es correcto, según lo que he leído y lo que he hablado con ellos. Pero ahora después de leer la frase de "El encadenamiento de facturas se realiza en base a la fecha de expedición de la factura", me dejas con ciertas dudas.

Porque insisto, hasta donde yo entiendo no es lo mismo la "fecha de expedición" de una factura, en lo que a contabilidad se refiere, que el momento en el que el dispositivo "expide una factura", (que a su vez dentro lleva su propia fecha de expedición).

Saludos.
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