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Antiguo 24-09-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Empezado por newtron Ver Mensaje
Pues no sé que deciros, yo creo que la expedición de una factura/factura simplificada es obligatoria en todas las transacciones menos alguna excepción. Y no creo que los bares sea el caso de excepción.
Cierto, pero no podemos ser más papistas que el Papa, tendríamos que empapelar a todo el mundo cada vez que no la den.
También te digo que cuando empiece verifactu ya verás como la AEAT se encarga de que la solicite todo dios.
De todas formas la normativa a la que te refieres tiene un pelín de lio fíjate:
Obligación de facturar
Los empresarios y profesionales están obligados a expedir factura y copia de ésta por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en el desarrollo de su actividad y a conservar copia de la misma. También deben expedir facturas en los supuestos de pagos anticipados, excepto en las entregas intracomunitarias de bienes exentas.

Asimismo, otras personas y entidades que no tengan la condición de empresarios o profesionales están obligadas a expedir y conservar facturas u otros justificantes de las operaciones que realicen.

1. Supuestos de expedición obligatoria de factura
Siempre y en todo caso, los empresarios y profesionales están obligados a expedir una factura en los siguientes supuestos:

Cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal.

Cuando el destinatario de la operación así lo exija para el ejercicio de cualquier derecho de naturaleza tributaria.


Exportaciones de bienes exentas del IVA (salvo las realizadas en las tiendas libres de impuestos).

Última edición por ermendalenda fecha: 24-09-2022 a las 14:20:38.
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