Muchas gracias.
Esto parece que es como el TicketBAI que han sacado en las forales.
Cita:
No obstante, los obligados tributarios a que se refiere el artículo 3.1 de dicho Reglamento deberán
tener operativos los sistemas informáticos adaptados a las características y requisitos que se
establecen en el citado Reglamento y en su normativa de desarrollo a partir del 1 de enero de
2024
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PArece que de momento nos dan tiempo.
Cita:
Los obligados tributarios que, de acuerdo con el artículo 3 de este Reglamento, utilicen
sistemas informáticos para el cumplimiento de la obligación de facturación podrán remitir
voluntariamente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de forma automática y segura
por medios electrónicos, todos los registros de facturación generados por los sistemas
informáticos a que se refiere la letra a) del artículo 7 de este Reglamento de acuerdo con las
especificaciones técnicas que se establezcan para la remisión
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Parece que el envio de los registros a hacienda será voluntario y no obligatorio como en las forales. Aunque el sistema tiene que poder hacerlo.
Pero habrá que seguir esperando a que desarrollen la ley.