Cita:
Empezado por Sistel
Hola Tejano,
Gracias por la información.
Aunque no coincide con la información que le han dado en Hacienda Foral de Bizkaia a un cliente mío.
Le dicen que la fecha que vale es la fecha de emisión.
El tema es una empresa que emite facturas a sus clientes, a primeros de mes, correspondientes a los servicios prestados el mes pasado.
Le dicen que si no puede emitir con fecha del mes pasado, los clientes no podrán deducirse esa factura en el mes o trimestre anterior (según el período de declaración de la empresa) y por lo tanto tendrán un decalaje.
La única solución que le dan es emitir la factura con fecha del último día del mes pasado y no emitir mientras ninguna factura del nuevo mes (para que no haya saltos).
Y como en Bizkaia se permite el envío retrasado de las facturas no habría problemas.
Mismo problema : distintas interpretaciones
Saludos
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Te adjunto contestación del asistente virtual del SII (Similar al TicketBAI pero sin firmar XML) sobre la fecha de operación
Deberá cumplimentarse el campo “fecha de operación” cuando la fecha de realización de la operación o devengo sea distinta a la fecha de expedición de la factura. En ese caso, la factura debe indicar ambas fechas.
Si se trata de una factura rectificativa, la fecha de operación corresponde a la factura original que se está rectificando o la de fecha más reciente si se rectificasen varias.
Si se trata de una factura recapitulativa, se tendrá en cuenta la fecha más reciente de todas las operaciones que documente la factura.
Para obtener más información consulte los enlaces que aparecen a continuación.
Este asistente lo podéis encontrar aquí
https://www2.agenciatributaria.gob.e...C/AsistenteSII y esta muy bien para realizarle preguntas sobre el SII y el IVA.
Saludos