Cita:
Empezado por encoder59
Gracias nasca,
En las FAQ de la AEAT:
2.33. ¿Se podrán consultar los datos enviados?
Las empresas acogidas al SII podrán consultar tanto los datos enviados como los datos remitidos e imputados por los clientes y proveedores que estén acogidos al sistema (Libros registro declarados y contrastados).
¿Se han arrepentido de haber puesto esto y luego no lo han implementado?
¿Que debemos interpretar?
En caso de que sea cierto, ¿alguien sabe como se hace? Yo lo he intentado y no consigo ver más que lo que he enviado y la única manera de poner de acuerdo las partes es contactar con la contraparte y preguntar.
Gracias de antemano.
Saludos
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Si que aparece lo que declara la otra parte, pero creo que solo desde la web y no desde el webservice