Cita:
Empezado por CMB
Cuando se emite una factura desde la península a Canarias (o a Ceuta/Melilla), ¿cuál es el valor que hay que dar al tag <ClaveRegimenEspecialOTrascendencia>?
Según el documento oficial habría estas dos posibilidades:
02 = "Exportación"
08 = "Operaciones sujetas al IPSI / IGIC (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación / Impuesto General Indirecto Canario)."
Me parece confuso. Algunos dicen en este foro que debe tratarse como una exportación, lo cual implica que habrá que hacer <DesgloseTipoOperacion>, pero según otros le corresponde el 08, el de las operaciones sujetas al IPSI/IGIC, donde hay que aplicar <DesgloseFactura>.
Pero una venta de la península a Canarias (según mi entender) no está sujeta al IPSI/IGIC. ¿O sí lo está, porque luego el cliente deberá liquidar por su cuenta ese impuesto?
Por favor, ¿hay alguien que pueda dar un poco de luz en este tema?
Muchas gracias.
Saludos,
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Realmente no sé cual es la manera correcta. A ver si alguien puede ayudar. Pero el que lo marques como 02 = "Exportación" no implica tener que hacer hacer <DesgloseTipoOperacion> eso depende del NIF que hayas puesto en la contraparte:
El desglose se hará obligatoriamente a nivel de tipo de operación si cumple las 2 condiciones:
1 - No sea F2-factura simplificada o F4-asiento resumen
Y
2- La contraparte sea del tipo IDOtro o que sea NIF que empiece por N