Cita:
Empezado por edogagijon
Aprovechando vuestra amabilidad.
Otra duda mas.
Es obligatorio indicar que una factura es contrastable o puedo enviarlas todas como no contrastables. Esto es porque mi cliente tiene facturas que van a empresas pero hay otras que van a clientes particulares, con lo cual estas últimas, supongo que no seran contrastables.
Y para las facturas de clientes particulares, tengo que indicar que es no censado, o puedo enviarlas como las de las empresas indicando nif, en vez de los datos de idOtro en la contraparte?
Gracias de nuevo
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El que una factura sea o no contrastable lo decide hacienda (no sé con que criterios). Sabrás si es o no contrastable (y el estado del contraste) después de una consulta.
Un saludo.