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Antiguo 05-06-2017
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figo21 Va por buen camino
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Empezado por edogagijon Ver Mensaje
Buenos días.

Ante todo gracias por la ayuda que me podais prestar.

Estoy preparando para un cliente esto del Sii y me surgen varias dudas que no me quedan claras con la documentación. Envie varios emails a la aeat y no me direron una respuesta clara. Las dudas que tengo son respecto a la codificación de los xml. Deciros ante todo que mi aplicación está hecah en vb6, pero como no encuentro información para ello acudo a vosotros. La manera de generar los xml, lo tengo solucionado, es mas, ya genero xml de facturas sencillas y el cliente de pruebas me las da como correctas.

No me lio. Las dudas son las siguientes:

1. Si tengo facturas que tiene retención, como o con que apartado las codifico. En la documentación algo lei que con la versión 0.7 no hace falta. Pero me parece raro que se acepte una factura donde la suma de las bases e ivas no coincida con el importe total.

2. Si tengo suplidos, en este caso de una funeraria, como o en que apartado los codifico.

3. y por último, el más largo. A ver. en mi aplicación si se emite una factura y por lo que sea los importes o el cliente es erroneo, lo que se hace es un abono por le importe total de la factura y posteriormente, si procede se emite una nueva factura con los datos correctos.

Para presentar esto, primero presento la factura inicial, que es de una fecha.
Para presentar el abono puedo presentarlo solo al igual que la factura pero con los importes negativos?
y si hubiese factura posterior presentarla cono una factura cualquiera?
O tengo que hacer referencia de alguna manera a la factura inicial?.

Esto es porque según la documentación para hacer una facturara rectificativa por sustitución, he de presentar en negativo una factura y luego indicando que es sustitutiva la otra. Pero en mi caso, no se relacionan las facturas y además se pueden presentar en fechas distintas, entrando cada una en un periodo contable distinto.

Perdón por el tocho y por si me he explicado mal.

De nuevo gracias de antemano por la ayuda que me podais prestar.
Un saludo
En cuanto al punto 1. El importe total es opcional, así que no creo que le den importancia al valor que se pone.
Que yo sepa a día de hoy no se hace comprobación de los importes, se lo traga todo. Vamos que puedes poner una base de 100 con un importe de iva de 80 y no da error.

Sobre las rectificativas se ha hablado mucho en el foro. Lo más sencillo, parece ser, es una rectificativa por diferencias con el importe en negativo. Con este tipo no es necesario informar de la factura que se rectifica.
En los ejemplos de la descripción del servicio web tienes un ejemplo de factura rectificativa por diferencias y sustitutiva.


Un saludo.
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