Cita:
Empezado por CMB
No tiene por qué dar error. En la gran mayoría de los casos, la cuota deducible es igual que la base imponible. Pero puede haber casos en que no. Si en una gran superficie te hacen una factura que incluye un pen drive y 1 kg de manzanas, por ejemplo, te podrás deducir el pen drive pero no la fruta.
Esta innovación supongo que será para el contraste, pues el total factura tiene que coincidir con lo que declare tu proveedor, independientemente de que te lo puedas deducir todo o sólo una parte.
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Hola a todos, en mi modesta opinión creo que estáis equivocados, la cuota deducible NO ES LA BASE IMPONIBLE. Sino la cuota de IVA de la factura en caso de que sea deducible. Por ejemplo en una factura de 121 euros con un 21% de IVA será
Base := 100;
Cuota := 25;
Total Factura := 125.
El importe de la cuota deducible dependerá de muchas cosas, como la naturaleza de la operación o el tipo de empresa. Por ejemplo hay tipos de empresas que están exentas de IVA y la cuota deducible es siempre 0. Las bases imponibles ya están en el detalle de las facturas y las cuotas también pero no la parte deducible o no de la factura.
La cuota deducible es la cantidad que luego te vas a dedudicir en hacienda en el 303 y es creo el dato que más le puede importar a hacienda, ya que es función de ella y de la soportada te van a calcular el dinero que tienes que pagar o te tienen que devolver.
Un Saludo.