Cita:
Empezado por vboloradito
COMPUTO DE PLAZOS: Hay que tener en cuenta que en el cómputo del plazo de cuatro u ocho días naturales a que se refieren los apartados anteriores, se excluirán los sábados, los domingos y los declarados festivos nacionales.
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Eso lo remarcan mucho, son supuestamente 8 dias sin contar fines de semanas y festivos, peeeeeeero a partir de la fecha de facturación y siempre que este dentro del plazo en el que toca facturar.
Me explico.
Taces un trabajo el día 2 de enero, tendrías hasta el 15 del mes siguiente para tener todo listo, pero si facturas el día 15 de febrero, como prioriza esta fecha, tendrías que subirlo ese mismo día (si fuera el día 14, tendrías 1 día para subirla)
Cita:
Empezado por vboloradito
Fecha operación Factura rectificativa?
Según pregunta en la AEAT.
¿Qué fecha de operación debe hacerse constar en una factura rectificativa?
La fecha de expedición de la factura original que se está rectificando.
Si no es obligatorio enviar la factura original que se esta corrigiendo, ¿es olbigatorio enviar la fecha de la factura que se corrige?
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No puedes corregir una factura que no enviaste que yo sepa, pero no me hagas mucho caso